Extraordinaria chacra de 10 hectáreas con importantes construcciones

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Av. Uruguay 826, Montevideo (ANRTCI)
Sin base en Dólares
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Padrón rural Nº 118.054, Montevideo (zona Toledo Chico)
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Descripción

GRAN REMATE. EXTRAORDINARIA CHACRA DE 10 HECTÁREAS CON IMPORTANTES CONSTRUCCIONES, GALPONES, BODEGA, VIVIENDAS.

EXCELENTE POTENCIAL PRODUCTIVO. ALTÍSIMO ÍNDICE CONEAT: 216

EXCELENTE OPORTUNIDAD! se rematará el padrón rural Nº 118.054 de Montevideo, ubicado en la zona Toledo Chico, con una superficie de 99.993 m²

Se trata de un establecimiento de gran versatilidad, con una importante superficie libre y un núcleo de construcciones e instalaciones productivas ya existente, circunstancia que permite visualizar múltiples alternativas de aprovechamiento: explotación rural, almacenamiento, centro operativo, logístico o emprendimientos productivos, sujetos a las habilitaciones y normativa que correspondan.

TIERRA DE EXCELENTE PRODUCTIVIDAD

El predio posee Índice CONEAT 216, con suelos pertenecientes íntegramente al grupo 10.6a, caracterizados por su alta fertilidad y buen comportamiento productivo. En Montevideo y Canelones este tipo de suelo presenta tradicionalmente usos hortícolas, frutícolas y cultivos intensivos.

La combinación de casi 10 hectáreas, suelo productivo, disponibilidad de agua e infraestructura existente amplía sensiblemente las posibilidades del inmueble.

IMPORTANTE INFRAESTRUCTURA INSTALADA

El establecimiento cuenta con amplios galpones y sectores de trabajo, oficinas, cocheras y tres viviendas tradicionales a refaccionar.

Dispone además de calle interna perimetral y amplias zonas de circulación y maniobra, características especialmente valiosas para una explotación productiva, ingreso de vehículos, movimiento de insumos y almacenamiento.

UNA BODEGA DE GRAN CAPACIDAD, LISTA PARA SER APROVECHADA

Para quien busque continuar o reconvertir su tradición vitivinícola, el inmueble conserva una infraestructura difícil de reproducir desde cero: piletas de hormigón revestidas con epoxi con capacidad informada de 1.880.000 litros, sectores de recepción y elaboración y áreas especialmente diseñadas para esta actividad.

Cuenta con dos tolvas de hormigón para recepción de uva, de 9.000 kg cada una, sector preparado para molienda, extracción de escobajo y bombeo, además de espacio para análisis químicos.

A ello se suma una balanza de 28.000 kg, integrada al sector de oficinas.

AGUA E INFRAESTRUCTURA PARA PRODUCIR

Otro atributo relevante es la infraestructura hídrica existente: tanque aéreo de 15.000 litros y pozo semisurgente con capacidad de 15.000 litros por hora.

UBICACIÓN ESTRATÉGICA

El establecimiento se encuentra en Toledo Chico, dentro del departamento de Montevideo, en un entorno históricamente vinculado a la producción rural y vitivinícola y con buen acceso a Ruta 6.

La ubicación permite combinar algo cada vez menos habitual: gran superficie de tierra, privacidad y carácter rural sin alejarse del área metropolitana. A su vez, el corredor vial de la zona conecta rápidamente con los principales accesos de Montevideo; la Ruta 102 integra las rutas nacionales 5, 6, 7, 8 y 101, favoreciendo la vinculación hacia distintos puntos del departamento y del país.

La tradición vitivinícola de la zona tampoco es casual: el propio establecimiento aparece históricamente identificado como Antiguas Bodegas del Cabildo, en Camino de las Tropas 3192, dentro del corredor vitivinícola montevideano.

UN INMUEBLE PARA PENSAR EN GRANDE

Tierra productiva, superficie, construcciones, galpones, agua, infraestructura y ubicación.

Una propiedad que puede interesar tanto a quien busque recuperar su destino vitivinícola como a productores, inversores o empresas que valoren disponer de 10 hectáreas en Montevideo con una importante estructura ya implantada y con extraordinarias perspectivas de revalorización.

Área CONEAT

Área CONEAT

Certificado padrón

Certificado padrón

Certificado padrón

Certificado padrón

Certificado padrón

Certificado padrón

Condiciones

  1. El remate se realizará sin base, en dólares estadounidenses, el día 26 de noviembre de 2026 a las 12:30 horas, en Av. Uruguay 826, Montevideo.

  2. La formulación de una postura implica el conocimiento y aceptación íntegra de estas condiciones, así como del estado material y jurídico del inmueble y de la documentación puesta a disposición de los interesados.

  3. Aceptada la mejor postura, el comprador deberá abonar en el acto el 10% del precio en concepto de seña, más la comisión de compra del Rematador del 3% más IVA (3,66%).

  4. El saldo de precio deberá abonarse en dólares estadounidenses simultáneamente con el otorgamiento de la escritura de compraventa, dentro del plazo máximo de 30 días corridos.

  5. Si con posterioridad al remate y antes del otorgamiento de la compraventa se produjeren inscripciones registrales que afecten al inmueble o a la parte vendedora y que impidan u obsten jurídicamente el otorgamiento de la compraventa proyectada, el mejor postor no estará obligado a integrar el saldo de precio ni incurrirá en incumplimiento. Si dichas afectaciones no fueran levantadas o subsanadas dentro del plazo previsto para escriturar, podrá dejar sin efecto la operación, debiendo restituírsele íntegramente la seña dentro de las 48 horas siguientes.

  6. El inmueble se vende en el estado material en que se encuentra, con sus construcciones, mejoras e instalaciones que jurídicamente le acceden. Los interesados podrán inspeccionarlo previamente y efectuar las consultas técnicas, jurídicas y administrativas que estimen pertinentes.

  7. Serán de cargo del comprador los gastos, honorarios, impuestos y demás erogaciones que legalmente correspondan a la parte adquirente. Serán de cargo de los vendedores aquellos que legalmente les correspondan.

  8. El mejor postor deberá justificar la procedencia de los fondos, identificar al beneficiario final y proporcionar la información y documentación necesaria para el cumplimiento de las normas de prevención de lavado de activos y demás disposiciones aplicables, las cuales son de su exclusivo cargo.

  9. Si el mejor postor desistiere o incumpliere injustificadamente sus obligaciones, perderá la seña entregada, sin perjuicio de las demás responsabilidades que pudieran corresponder.

  10. Si la compraventa no pudiera otorgarse por causa imputable a la parte vendedora, se restituirán al comprador las sumas abonadas.

  11. La titulación y demás documentación necesaria para la escrituración del bien se encuentra a disposición de los interesados, a tales efectos, contactar al Rematador.