REMATE JUDICIAL - SIN BASE EN U$S.
HERMOSA RESIDENCIA EN CARRASCO
EXTRAORDINARIAMENTE UBICADA SOBRA LA AV. SAN CARLOS DE BOLIVAR 6031, EN UNO DE LOS RINCONES MÁS TRANQUILOS DE CARRASCO, FRENTE A UNA ESPECTACULAR Y SERENA PARQUIZACIÓN. ZONA DE ESCASA CIRCULACIÓN VEHICULAR. PADRÓN Nº 400.416.
SE REMATAN LOS DERECHOS DE PROMITENTE COMPRADOR CON PRECIO 100% INTEGRADO.
SE SUGIERE CONSULTAR CON SU PROFESIONAL DE CONFIANZA.
Descripción (según visita realizada al inmueble en el año 2019). Se trata de una hermosa residencia, construida sobre un terreno de 502 metros, con una correcta proporción frente – fondo de 15 mts. por 33,5 mts.
Se desarrolla en dos plantas, en planta baja cuenta con un amplio living con una cocina muy espaciosa, un dormitorio y un baño. Al fondo cuenta con jardín, piscina, barbacoa techada con otro dormitorio y su baño.
En planta alta hay tres dormitorios y tres baños, todos de generosas dimensiones y con una excelente iluminación.
Las construcciones, según Catastro datan del año 2012.
SUPERFICIE TOTAL CONSTRUIDA (S/CATASTRO): 329 MTS.
El comprador no deberá asumir ningún tipo de deuda vinculada al inmueble (art. 177. Ley 18.387)
SEÑA: 10%. COM. E IVA: 3.66%
ANTECEDENTES: IUE 2-59305/2018 – (Jdo. Ldo. Concursos 1º turno)
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Concursos de 1° Turno, dictada en autos: "MERCOBEL S.A CONCURSO LEY 18387" IUE 2-59305/2018, se hace saber que el próximo 22 de Octubre de 2024 a la hora 15:30, en Av. Uruguay 826 (ANRTCI), se procederá por intermedio del rematador Juan Pablo Carrau, Mat. 6688, RUT 216206960017, en diligencia presidida por la Sra. Alguacil de la Sede, a la venta en pública subasta, sin base, al mejor postor, y en dólares estadounidenses de los derechos de promitente comprador sobre el siguiente bien inmueble: solar con construcciones y mejoras que le acceden ubicado en el departamento de Montevideo, localidad catastral del mismo nombre, empadronado con el número 400.416, el cual según plano de mensura y fraccionamiento del Agrimensor Jorge Rodríguez Gabard de mayo de 1959, inscripto en la Dirección General de Castro con el número 45.480 el día 7 de febrero de 1963, se señala como solar “7” de la manzana “A”, tiene una superficie de 502,50 metros cuadrados, y se deslinda así: al Sureste 15,00 metros de frente a Avenida Central (hoy Avenida San Carlos de Bolívar), al Suroeste 33,50 metros lindando con solar 6, al Noroeste 15,00 metros lindando con parte de los padrones 63.821 y 83.822 y al Noreste 33,50 metros lindando con el solar 8, correspondiendo todos los solares mencionados a la misma manzana y plano. SE PREVIENE: 1) Que el mejor postor deberá consignar el 10% de su oferta en carácter de seña más el 3,66% de comisión e impuestos del rematador. Dicho pago deberá realizarse en el acto mediante transferencia bancaria o letra de cambio cumpliendo con lo dispuesto por las Leyes N° 19.210, 19.478 y 19.889 modificativas, concordantes y sus decretos reglamentarios. 2) Que será de cargo del expediente la comisión de venta e impuestos del rematador, es decir el 1,22% del precio. 3) Los únicos rubros imputables al precio de la subasta son Impuesto de Primaria y Contribución Inmobiliaria hasta la fecha del remate, requiriendo para cualquier otra imputación autorización judicial. 4) El bien mantiene deuda por Impuesto de Primaria y deuda ante la Intendencia Municipal de Montevideo. 5) Se desconoce el estado de las construcciones y su regularidad ante BPS, así como el estado ocupacional del bien. 6) El plazo para consignar el saldo de precio será de veinte días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio de remate, que no se interrumpe por las ferias judiciales ni por semana de turismo. 7) Se remata en las condiciones que surgen del expediente, encontrándose la documentación relativa al bien descrito a disposición de los interesados en la Oficina Actuaria de la Sede sita en calle San José 1132 Tercer Piso de esta ciudad. Y a los efectos legales se hacen estas publicaciones
Montevideo, 24 de septiembre de 2024
ANALIA MARÍA ELGART MANFREDI, Actuario Adjunto
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Concursos de 1° Turno, dictada en autos: "MERCOBEL S.A CONCURSO LEY 18387" IUE 2-59305/2018, , se rectifica el Edicto publicado en el Diario Oficial N°25225 y el Diario El Redactor Nº3722, ambos de fecha 25/09/2024, dejando sin efecto la prevención señalada en el numeral “3” de dichas publicaciones, la que se sustituye por la siguiente: En relación a las deudas que existen por concepto de Impuesto de Primaria y ante la Intendencia Municipal de Montevideo, rige lo dispuesto por el art. 177 de la ley 18.387.
Montevideo, 30 de septiembre de 2024
ANALIA MARÍA ELGART MANFREDI, Actuario Adjunto