"Muy Buen" Campo Agrícola

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Detalles del remate
jueves 30 de mayo de 2019, 12:30
Av. Uruguay 826, Montevideo (ANRTCI)
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Descripción

EN UN SOLO LOTE VENTA EXONERADA DE IMPUESTOS (LEY 18.387)

SEÑA 20% - SALDO: 60 DÍAS.

COM. E IMPUESTOS: 3,66%

  • P1: Padrón N° 423 - 121 hás. 7504 mts. - Índice coneat 130

  • P2: Padrón N° 929 - 44 hás. 4488 mts. - Índice coneat 113

  • P3: Padrón N° 9238 - 47 hás. 1666 mts. - Índice coneat 152

  • P4: Padrón N° 9990 - 47 hás. 1666 mts. - Índice coneat 152

Total superficie: 260 hás. 5325 mts.

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Condiciones

1) El remate se realizará en forma extrajudicial, en el marco de los procesos concursales tramitados ante el Juzgado Letrado de Concursos de 1º turno, fichas 2-32946/2017 y 40-164/2017, por disposición de la Sindicatura, conforme plan de liquidación. 2) El remate se realizará sin base en dólares estadounidenses. 3) El mejor postor deberá consignar en carácter de seña, el 20% de su oferta en el acto de serle aceptada la postura, debiendo abonar dicho monto a través de medios de pago electrónicos, cheques certificados cruzados no a la orden o letras de cambio cruzadas emitidas por una institución de intermediación financiera. 4) La seña referida precedentemente garantizará las obligaciones del mejor postor, quien al formular postura se entiende que acepta la condición material y jurídica delos bienes. 5) El saldo, deberá integrarse en un plazo máximo de 60 días corridos en la cuenta bancaria que se indicará a tales efectos en el acto de remate, simultáneamente con la entrega de posesión del establecimiento y, en la medida de lo posible, con el otorgamiento de la escritura traslativa de dominio. Si a criterio del escribano designado por el comprador, resultare necesario o conveniente diferir la escrituración, esta se fijará de común acuerdo con la sindicatura, lo que no será obstáculo para el estricto cumplimiento de la obligación de pago del saldo de precio referido en el citado plazo de 60 días, contra la entrega de la posesión del bien subastado en forma simultánea. En caso que el mejor postor no abonara el saldo de precio, de acuerdo a la forma y en los plazos indicados, perderá la seña consignada. 6) Será de cargo del adquirente la comisión de remate del 3,66% (imp.inc.) a abonar en el acto del remate. 7) Las fracciones empadronadas con los números 423, 9238 y 9990 se encuentran hipotecados a favor del BROU, cancelándose dichos gravámenes en forma simultánea a la integración de saldo de precio, siendo de cargo del comprador la intervención notarial correspondiente. 8) El establecimiento deberá ser ofrecido al Instituto Nacional de Colonización en forma previa a la escrituración en caso de corresponder. 9) El comprador no deberá afrontar el pago de las deudas que existen por concepto de Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Primaria hasta la fecha de declaración de concurso, es decir, el 12 de Diciembre de 2017 respecto del padrón 9229 y el día 20 de Setiembre de 2017 respecto de los restantes padrones (art.177 ley 18.387). Luego de ello será de su cargo los gastos y tributos que se generen. 10) Conforme el art.254 de la ley 18.387 y el informe de liquidación obrante en el expediente, la subasta está exonerada de todo tributo, especialmente el Impuesto a las Trasmisiones Patrimoniales que grava toda enajenación inmobiliaria. 11) Se deberá justificar la procedencia de los fondos, identificar al beneficiario final y demás requerimientos impuestos por la 19.574 y decreto Nº 379/018. 12) Los títulos de propiedad se encuentran a disposición de los interesados y sus profesionales intervinientes, a tales efectos contactar al rematador Juan Pablo Carrau, Cel. 093880943.

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